Conmutador: (81) 8329 4050
[searchandfilter id="1662"]
Historia 9 Oct 2019

El Consejo de Salubridad de Nuevo León

El Consejo de Salubridad de Nuevo León, órgano creado a mediados del siglo XIX, como regulador del ejercicio médico en la región

Durante la época colonial, se establecieron las “Juntas Provisionales de Salubridad”, con el propósito de controlar las epidemias y, sobre todo, la vigilancia del ejercicio de la medicina; funcionaron entrando el siglo XIX, y debido a la inestabilidad política, no llegaron a prosperar. Fue hasta 1842, que con este fin se creó la primera Junta de Sanidad en el Estado, dándose los primeros pasos para regular la práctica médica y la salud pública de la entidad.

Con la llegada del Dr. José Eleuterio González, y al notar que existía una gran cantidad de médicos empíricos y boticas sin reglamentación, con apoyo del diputado José Sotero Noriega, propusieron al Congreso una ley para la formación de un órgano regulador del sector salud.

El 19 de septiembre de 1851 se creó por decreto el Consejo de Salubridad, formado por el Gobernador Agapito García, quien fungiría como Presidente del mismo, los doctores Carlos Ayala, Esteban Tamés, Ignacio Garza García y José Eleuterio González, quien fue nombrado Vicepresidente, cargo que ocupó hasta el final de sus días.

Las funciones del Consejo de Salubridad eran las siguientes:

  1.  Vigilar que en el Estado nadie ejerciera ramo alguno de las ciencias médicas sin la competente autorización.
  2. Examinar a los que teniendo las cualidades que señala esta ley, pretendieran ejercer la medicina.
  3. Formar dentro de los primeros cuatro meses de su instalación aranceles sujetos a la aprobación del Congreso, a los que se sujetarán los médicos y boticarios, y determinar qué farmacopea debía regir en el Estado.
  4. Proponer al gobierno las medidas que juzgara convenientes para mejorar la salubridad en el Estado.
  5. Resolver las cuestiones médico-legales e higiénicas que se le dirijan por las autoridades.
  6. Expedir licencias para abrir boticas en el Estado.
  7. Erigir en la Capital, cuando sus fondos lo permitan, cátedras de los diversos ramos de las ciencias médicas.
  8. Visitar las boticas, hospitales y cárceles, dando cuenta al gobierno del estado en que se encuentren, e indicándole las reformas o mejoras que exijan para el mejor servicio público.
  9. Propagar y conservar las vacunas.

Las primeras cátedras en medicina y farmacia impartidas por el Dr. Gonzalitos, a mediados del siglo XIX, fueron bajo la tutela del Consejo de Salubridad, hasta la creación de la Escuela de Medicina (1859), que dependía directamente del Colegio Civil, mientras el Consejo quedó a cargo de lo concerniente a la salud pública.

Queda claro que la creación y consolidación del hospital-escuela que ahora cumple 160 años, no hubiera sido posible sin la plataforma del referido Consejo, que posteriormente dará lugar a la Secretaría de Salud.


Sala Museo "Dr. Ángel Óscar Ulloa Gregori"